El Supremo aclara los límites de la responsabilidad civil de la aseguradora
La ejecución de una sentencia debe ajustarse estrictamente a sus propios términos, sin introducir nuevos obligados al pago que no figuren en el fallo firme. Sobre este principio de congruencia se apoya la sentencia del Tribunal Supremo que descarta la responsabilidad civil de la aseguradora en un caso de atropello doloso.
El principio de congruencia frente a la ejecución de sentencia
La Sala recuerda que el principio de congruencia y el derecho a la tutela judicial efectiva exigen que la ejecución de una sentencia se ajuste estrictamente a sus propios términos, sin que puedan introducirse en esa fase pronunciamientos, ampliaciones o nuevos obligados al pago que no figuren en el fallo firme.
Por qué «se oirá a la aseguradora» no equivale a una condena implícita
El Tribunal concluye que la expresión «se oirá a la aseguradora», contenida únicamente en la fundamentación jurídica, no puede interpretarse como una declaración de condena, ni siquiera implícita, ya que toda condena civil exige un pronunciamiento expreso y terminante, con mayor motivo cuando afecta a un sujeto distinto del condenado penalmente.
Precisa que una cosa es diferir a la ejecución la cuantificación de un daño ya declarado, y otra muy distinta introducir en esa fase a un nuevo obligado al pago cuya responsabilidad civil de la aseguradora no fue objeto de debate contradictorio ni recogida en el fallo.
La personación de la aseguradora no suple la falta de condena firme
El Tribunal rechaza que la personación de la aseguradora en el procedimiento pueda suplir, por la vía de la doctrina de los actos propios, la ausencia de un pronunciamiento condenatorio firme, al no poder operar dicha doctrina contra normas de orden público procesal.
La aseguradora nunca intervino como responsable civil en el proceso
Examinando el caso concreto, el Tribunal constata que la aseguradora nunca intervino en el proceso como responsable civil: no formuló escrito de calificación, no acudió al juicio oral, y su eventual responsabilidad civil de la aseguradora no fue solicitada por ninguna de las partes.
El origen del caso: un atropello doloso y una sentencia sin condena a la aseguradora
En un procedimiento penal por un delito de atropello doloso, la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife condenó a la autora de los hechos, dejando la cuantía de la indemnización para la fase de ejecución, sin pronunciamiento alguno frente a la aseguradora en el fallo.
La declaración de responsabilidad en fase de ejecución
Al fijar la indemnización en ejecución, la Audiencia Provincial declaró la responsabilidad civil de la aseguradora Allianz, condenándola a 162.837,48 euros junto con intereses del artículo 20 de la Ley de Contrato de Seguro.
El fallo del Tribunal Supremo
El Tribunal Supremo estima el recurso de casación interpuesto por la aseguradora, con declaración de oficio de las costas correspondientes a su recurso.
