El Supremo aclara los límites de la prueba preconstituida

19/07/2026

El Tribunal Supremo desestima íntegramente el recurso de casación de un hombre condenado por dos delitos continuados de agresión sexual a menores, confirmando la validez de la prueba preconstituida practicada con las víctimas y las penas de catorce años de prisión por cada delito.

El fallo del Tribunal Supremo

El Tribunal Supremo desestima íntegramente el recurso de casación, con imposición de costas al recurrente. La sentencia confirma así la validez de la prueba preconstituida practicada con las menores víctimas y las penas impuestas por la Audiencia Provincial de Ourense.

La validez de la prueba preconstituida bajo la Ley Orgánica 8/2021

El Tribunal Supremo rechaza el motivo relativo a la prueba preconstituida, explicando que la actuación de la Audiencia se ajustó a la regulación introducida por la Ley Orgánica 8/2021. Bajo esta nueva normativa, la regla general es que dicha prueba no deba reproducirse mediante nueva comparecencia del menor en el juicio oral, salvo que alguna de las partes lo solicite expresamente y justifique su necesidad, lo que no ocurrió en este caso.

Los límites de la casación frente a la valoración de la prueba testifical

El Tribunal desestima también los motivos relativos a la valoración probatoria, recordando que los límites del recurso de casación no permiten una revaloración de la prueba testifical practicada, y que las secuelas psicológicas de las menores resultaron muy expresivas.

La individualización de la pena en el delito continuado

El Tribunal Supremo rechaza que graduar la pena aplicando un tramo superior por el elevado número de episodios delictivos suponga una doble agravación, al corresponder al arbitrio judicial valorar esas circunstancias dentro del marco legal del artículo 66 del Código Penal.

El caso: agresiones reiteradas dentro del domicilio familiar

La Audiencia Provincial de Ourense condenó a un hombre como autor de dos delitos continuados de agresión sexual a menores de dieciséis años, cometidos contra las dos hijas menores de su pareja, con las que convivía en el domicilio familiar. Los hechos salieron a la luz cuando una de las menores se lo confesó a su madre.

La atenuante de dilaciones indebidas, inadmitida por extemporánea

El Tribunal inadmite el motivo relativo a la atenuante de dilaciones indebidas por no haber sido planteado en el previo recurso de apelación, señalando además que los tiempos de tramitación se ajustaron a parámetros ordinarios.